Tuesday, March 12, 2013

Dios no comete errores, todos los Niños tienen Derecho a Vivir

Dios no comete errores, todos los niños tienen Derecho a Vivir.

También lo dice el Derecho Natural, que tiene su fuente en los escritos de San Agustín de Hipona; que considera que todos los seres humanos se encuentran revestidos con la misma dignidad por su naturaleza de hombre o mujer; que está por encima del derecho positivo e interpretaciones subjetivas.

Y la Convención Internacional de los Derechos del Niño que es la que más naciones han suscrito en el mundo, y además la Convención Internacional de los Niños con Discapacidad, que consideran que es niño todo menor de 18 años y digno de protección desde la gestación. Y está por encima de leyes orgánicas y Constituciones que no lo respeten, porque una vez suscritos estos Convenios Internacionales no se pueden violar sus acuerdos, y son las Constituciones de los estados firmantes las que se deben de adaptar al Convenio de forma obligada según imponen las normas legales internacionales.
Las leyes de los paises que no cumplen lo firmado, y permiten el aborto por causa de discapacidad del bebé concebido; se encuentran viciadas de nulidad absoluta.



Video en You Tube de uno de esos niños con la misma dignidad que todos los seres humanos que nacen con alguna discapacidad, porque tienen Derecho a Vivir, a tener sus amigos como el resto de los niños; incluido el poder jugar y recibir cariño de nuestros amigos fieles, creados por Dios para nuestra compañia, a quienes no hace falta que se les explique que se debe de dar cariño y protección a "todos los seres humanos sin discriminación":



http://www.youtube.com/embed/JA8VJh0UJtg?rel=0



"Tu eres lo más bello para mi"

-.Constitución española vigente de 1.978 aprobada en "Referendum" por todos los españoles, artículo 93 a 96:
Mediante Ley orgánica se podrá autorizar la celebración de Tratados por los que se atribuya a una organización o institución internacional el ejercicio de competencias derivadas de la Constitución. Corresponde a las Cortes Generales o al Gobierno, según los casos, la garantía del cumplimiento de estos Tratados y de las resoluciones emanadas de los organismos internacionales o supranacionales titulares de la cesión.

1. La celebración de un Tratado internacional que contenga estipulaciones contrarias a la Constitución exigirá la previa revisión constitucional.
2. El Gobierno o cualquiera de las Cámaras puede requerir al Tribunal Constitucional para que declare si existe o no esa contradicción.

-.Articulo 94:
  1. Tratados o convenios que supongan modificación o derogación de alguna Ley o exijan medidas legislativas para su ejecución.



-.Artículo 96:
1. Los Tratados internacionales válidamente celebrados, una vez publicados oficialmente en España, formarán parte del ordenamiento interno. Sus disposiciones solo podrán ser derogadas, modificadas o suspendidas en la forma prevista en los propios Tratados o de acuerdo con las normas generales del Derecho Internacional.
2. Para la denuncia de los Tratados y convenios internacionales se utilizará el mismo procedimiento previsto para su aprobación en el artículo 94.




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